Normatividad
encontramos que en el año 2000 la OMS emite una
estrategia en el año 2002 sobre medicina tradicional, dicha estrategia luego
fue actualizada medica la 2014-2023, la cual nos dice que tiene como finalidad
abordar una serie de problemas relacionados con las medicinas tradicionales
complementarias (MTC), entre las cuales encontramos la identificación y
evaluaciones de estrategias y criterios que puedan incorporar la medicina
tradicional en la atención primaria en salud (APS).
la ley 1164 de 2007 la cual es la normativa
específica de la medicina tradicional en su artículo 1 da a conocer los
procesos que se llevarán a cabo en torno a las personas en base al talento
humano que intervendrán en los procesos de la medicina tradicional, esto da pie
a la creación del comité para la medicina alternativa, terapias alternativas y
complementarias, conformado por los comités de:
Medicina tradicional china
Medicina ayurvedica
Medicina naturopatía
Medicina homeopática
El artículo 19 de esta ley nos dice que en el caso
de los profesionales los cuales están autorizados para ejercer una profesión en
salud, podrán utilizar la medicina alternativa y sus procedimientos, pero
deberán estar acreditados académicamente por una institución legalmente
reconocida por el estado.
En su artículo 20 según artículos 7 y 8 de la
constitución se garantiza el respeto a la culturas tradicionales, solo podrán
ser practicadas por quienes sean reconocidos en cada una de sus culturas de
acuerdo a sus propios mecanismos de regulación social, se deberán certificar en
el registro único de talento humano en salud y otorgaran la identificación
única, igualmente el gobierno nacional establecerá mecanismos de vigilancia y
control al ejercicio de prácticas basadas en las culturas medicas
tradicionales.
En el 2006 se expide, Anexo Técnico de la
Resolución No 1043 del 3 abril y en ella “se establecen las condiciones que
deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar sus
servicios e implementar el componente de auditoría para el mejoramiento de la calidad
de la atención
estas otras leyes que promueven las terapias
naturales
· La Ley 1438 de 2011 "Por medio de la cual se reforma el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, en su capítulo III para la implementación de la Atención Primaria en Salud (APS), incluye la Interculturalidad.
· La Ley 1751 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”, incluye en sus elementos o principios, la interculturalidad.
· La Resolución 429 de 2016, expedida por el MSPS “por medio de la cual se adopta la Política de Atención Integral en Salud” (PAIS) incluye la interculturalidad de manera transversal en los diferentes componentes del Modelo.
· La Resolución 2063 de 9 junio de 2017, expedida por el MSPS. “Por la cual se adopta la Política de Participación Social en Salud-PPSS”.
Contexto Internacional
En
cuanto al contexto internacional podemos afirmar que La OMS planteo la
necesidad de incluir la medicina tradicional y elementos de utilidad
farmacológica, fotoquímica, antropología y clínica en los sistemas APS, de
igual manera reunidos en Guatemala en el año 1999 con la organización
panamericana de salud recomendaron promover el conocimiento de la Medicina y
terapias alternativas complementarias (MTAC).
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